Laycos

Kit Digital es un programa de ayudas económicas, iniciativa del Gobierno de España y financiado por el Plan europeo Next Generation EU, dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España.

Su objetivo es el impulso de la digitalización en las empresas, que pueden optar a un bono digital destinado a canjear para la contratacion e implantación de soluciones digitalizadoras.

Laycos es Agente Digitalizador Adherido al programa de ayudas Kit Digital.

Además de agente, Laycos es el nombre de la solución digitalizadora, que se encuentra incluida en dicho catálogo oficial, dentro de la categoría:

Servicios y herramientas de Oficina Virtual

Puntos clave de las convocatorias del programa de ayudas Kit Digital

check Plazo para presentar tu solicitud: convocatorias ampliadas hasta el 31 de Diciembre de 2024

check El plazo concluirá antes si se agota el crédito presupuestario establecido.

check El Kit Digital, es una subvención directa y se estudia su asignación por orden de presentación de solicitudes.

check Los beneficiarios de estas ayudas se dividen en 3 segmentos:

  • Pequeñas empresas de entre 10 y menos de 50 empleados.
  • Pequeñas empresas o Microempresas de entre 3 y menos de 10 empleados.
  • Pequeñas empresas o Microempresas de entre 0 y menos de 3 empleados.

A continuación, puedes comprobar si tu empresa se adapta la deficinión de PYME en la UE aquí.

check La empresa solicitante puede nombrar un representante voluntario, a través de estos formularios:

➔ Autorización de Representante Voluntario Versión Móvil
➔ Autorización de Representante Voluntario Versión Web

Esto quiere decir, que si quieres que otra persona o empresa realice las gestiones necesarias para que tu empresa obtenga el bono digital, presentando este documento podrán hacerlo por ti.

En Laycos podemos gestionarlo para ti.

Por lo tanto, si te interesa esta ayuda y quieres digitalizar tu empresa con nosotros, ahora es el momento y podemos ayudarte a dar ese paso necesario para la digitalización de tu empresa.

¿Qué más necesito saber para aprovechar las ayudas de Kit Digital para mi empresa?

NO podrán ser beneficiarios del Kit Digital

✘Aquellas personas físicas o jurídicas que sean Agentes Digitalizadores Adheridos.
✘Personas físicas o jurídicas con las que estos contraten o subcontraten las soluciones de digitalización.
✘Empresas públicas y las entidades de derecho público.
✘Los Colegios profesionales
✘Sociedades civiles
✘Comunidades de bienes
✘Las comunidades de propietarios en régimen de propiedad horizontal o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que carezca de personalidad jurídica.

Requisitos para ser beneficiario del Kit Digital

✔ Tener domicilio fiscal en España.
✔ Estar inscritos en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en el censo equivalente.
✔ Tener una antigüedad mínima de 6 meses.
✔ No tener la consideración de empresa en crisis.
✔ Estar al corriente de las obligaciones tributarias y la Seguridad Social.
✔ No estar sujeto a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea (CE) que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
✔ No estar incurso en ninguna otra de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
✔ No superar el límite de ayudas de mínimos, conforme a lo dispuesto en el artículo 2.4 de las Bases Reguladoras.
✔ Disponer de la evaluación del Nivel de Madurez Digital, de acuerdo con el test de diagnóstico disponible en la plataforma Acelera pyme. Puedes realizarlo aquí.

Categorías: Kit Digital

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